Vocabulario democrático 2002

1- Terrorismo 3- Los Planteamientos Democrático Autonomistas
2- El Ciudadano y la Comunidad 4- Los Planteamientos Nacionalistas

 

3- Los planteamientos democrático autonomistas

Constitucionalismo : el sistema constitucional se caracteriza por conseguir que los cambios políticos se puedan realizar sin el recurso a la violencia, mediante la expresión plural de ideas y su contraste por medio de la deliberación, el control del poder, la participación ciudadana, y la defensa del Estado de Derecho (defensa de las libertades y de los Derechos Humanos).
El sistema constitucional exige el funcionamiento del sistema democrático (valores, leyes e instituciones) y el libre ejercicio de las libertades públicas.
Es necesario entender que a medida que se asienta y extiende la democracia, las constituciones son textos cada vez más jurídicos y menos programáticos, es decir, cada vez son más normas de convivencia que doctrina o ideal a alcanzar.
La cultura constitucionalista está poco enraizada en Euskadi, debido tanto a la débil difusión y defensa que han realizado sus valedores, como a la minusvaloración que ha hecho siempre de ella el denominado nacionalismo moderado.

Constitución Española : es la ley fundamental que fija la organización política de un Estado y establece los derechos y obligaciones básicas de los ciudadanos y gobernantes.
La Constitución resuelve los dos problemas constituyentes que existían en 1978 : el paso de un régimen autoritario a uno democrático, y el paso de un Estado centralista a uno autonómico. Ambos pasos están unidos, pues sin democracia no hay autonomía, pero también sin autonomía no se puede consolidar la democracia.
La Constitución respecto a la organización territorial del Estado parte de la idea de que España no sólo es una realidad administrativa, sino también política y cultural. Así, se conjugan dos principios; por un lado, el principio de unidad política y territorial; y, por otro, el principio de autonomía.
Ahora bien, unidad y autonomía no tienen, en el compromiso político alcanzado en la Constitución española, el mismo nivel y estatuto jurídico, ya que "unidad" es el principio político, y en cambio, la "autonomía" es el instrumento o ejercicio del principio de unidad. De este modo, en la Constitución se afirma la unidad territorial, y se reconoce el derecho a la autonomía, y además obliga la participación del Estado para cualquiera de las fases del proceso constituyente de las autonomías.
El nacionalismo vasco, a pesar de ver satisfechas todas sus exigencias, no quiso suscribir el compromiso político constitucional de 1978, pero lo aceptó de hecho organizando en base a ese compromiso toda la institucionalización y el disfrute del poder autonómico vasco durante estos 22 últimos años. Sin embargo, en los últimos tiempos ha llevado a cabo la ruptura del compromiso político con la Constitución, y por derivación con el Estatuto de Autonomía, poniendo en cuestión la propia titularidad del poder.
Es decir, el nacionalismo hoy discute dónde reside el poder, pero cuando la Constitución dice que "la soberanía nacional reside en el pueblo español" (art.1), entiende que todos los españoles somos unitarios en cuanto a la titularidad del poder, pero, a su vez podemos compartir su ejercicio. Esto es, se puede compartir el ejercicio del poder (principio de autonomía), pero no la titularidad del poder (principio de unidad).
Y es que las democracias occidentales son democracias de los ciudadanos individuales, no son democracias de territorios o comunidades; por ello, la soberanía constitucional no admite excepciones y reside en los ciudadanos, y no como el nacionalismo pretende hacer con Udalbiltza, que la soberanía resida en los territorios o comunidades.
Asimismo, la Constitución Española no puede entenderse sin el conjunto de normas básicas de la Unión Europea y de los Estatutos de Autonomía, con los que forma los bloques de constitucionalidad, es decir, todos ellos diseñan el ámbito de convivencia de los vascos.
La Constitución española, en su elaboración, es fruto de un espíritu de consenso, lo que significa que evitó todo tipo de imposición. Se basa en el amparo y garantía a los ciudadanos de un ámbito de libertad suficiente frente a todo poder no sólo político, sino económico, mediático, etc.. Y finalmente establece el marco en el que todo se organizará y desarrollará, reconociendo el estatus de las posiciones regionales. Tanto es así que todas las instituciones que regulan el autogobierno vasco se fundan en la Constitución.
Sin embargo, desde los enemigos de la democracia se ha dicho con mucha frecuencia que la Constitución nos ha sido impuesta coartándonos la libertad, ya que fue rechazada por el pueblo vasco, cuando en Euskadi únicamente el 10,51% del censo votó negativamente, y el 30,86% afirmativamente, con una abstención del 55,35% (en el Estatuto, diez meses más tarde, la abstención fue del 41,1%). En realidad en Euskadi sí existe un problema de libertad, pero no por la Constitución, sino por el terrorismo de ETA.
A pesar de que la filosofía de la Constitución es abierta e integradora, en los últimos 24 años desde el nacionalismo vasco se ha adoptado la postura política de combatirla con un talante de repudio y arrogancia, tratando por todos los medios de no alcanzar consensos constitucionales, ni adquirir compromisos ni lealtades, manteniendo siempre la imposibilidad de conciliarse con el espíritu constitucionalista. Ha dado la impresión de que se intenta eludir constantemente la Constitución por medio de argumentos pre-democráticos (Derechos históricos), antidemocráticos (rechazo porque es española), o faltando a la verdad (que ha sido rechazada).
Hoy en día, rechazar la Constitución supone no sólo intentar un proyecto político al margen del compromiso y reglas establecidas, sino incluso finalidades incompatibles con la racionalidad propia del sistema democrático. Repetidamente se escucha, por boca de dirigentes de partidos como EA y PNV, que comparten los mismos fines de ETA y HB, pero que difieren en los medios para alcanzarlos, cuando es sabido que los medios empleados condicionan y moldean los fines, de los cuales es muy difícil separarse.
Hoy encontramos tendencias tanto a meter a todo el nacionalismo en el ámbito antidemocrático, como a separar un nacionalismo democrático y otro fascista. Esto significa que en la práctica política no está apareciendo con nitidez, salvo respetables excepciones de personas individuales del nacionalismo, la apuesta clara y decidida por la proclamación y defensa de la libertad y de los derechos de los ciudadanos protegidos por la Constitución como límite de las finalidades políticas asimilacionistas del proyecto nacionalista.
Los constitucionalistas vascos defienden la Constitución porque les garantiza las libertades ciudadanas, porque sin ella o son exterminados o son reducidos sus derechos y libertades, como los alemanes en Mallorca.
El PNV ha reiterado una y otra vez que no va a aprobar nunca la Constitución, que antes se cortaría las manos que firmar la Constitución, etc., pero también dice que se le excluyó de la ponencia constitucional. Muchos nos preguntamos: si no van a firmar ni aprobar nunca la Constitución, ¿para qué querían haber estado en la ponencia constitucional?.

Referéndum constitucional :
RESULTADOS DEL REFERÉNDUM SOBRE LA CONSTITUCIÓN
6 DE DICIEMBRE DE 1978

PaísVasco Álava Vizcaya Guipúzcoa

Votos % Votos % Votos % Votos %
Sí 479.205 69,12 73.409 71,39 266.019 71,61 139.777 63,81
No 163.191 23,54 19.726 19,18 78.036 21,0 65.429 29,87
Blancos / Nulos 50.914 7,34 9.687 9,42 27.401 7,37 13.826 6,31
Votantes 693.310 100 102.822 100 371.456 100 219.032 100
Abstención 859.427 (55,35) 70.590 (40,7) 503.480 (57,54) 285.357 (56,57)
Censo 1.552.737 173.412 874.936 - 504.389 -

(% sobre nº de votantes)
Fuente: Junta Central del Censo Electoral
De estos resultados se han realizado interpretaciones para todos los gustos. Arzallus dice que no se aprobó en Euskadi; HB que se rechazó; los constitucionalistas que se aprobó. Lo cierto es que realmente se aprobó y está vigente, porque la abstención no es rechazo, ya que no se pueden unir la abstención técnica y la política, y precisamente, esta última se utiliza cuando algo no se quiere rechazar.
La abstención política podría cifrarse en torno al 14,21%, si tomamos la abstención técnica del referéndum estatutario celebrado unos meses más tarde, cifrada en el 41,14%, por tanto ni así se podría decir que fue rechazada la Constitución.

Ejercito y Constitución : el apartado 1 del artículo 8 de la Constitución Española dice textualmente : "Las Fuerzas Armadas tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional". En términos muy semejantes se pronuncia la Constitución Francesa.
Sin embargo, en numerosas ocasiones HB y Arzallus se han referido a este artículo interpretando que en la Constitución no cabe la independencia porque entonces actuaría el ejército. Los de HB van más lejos y ven en este artículo la necesidad y legitimación de la existencia de ETA.

Reforma de la Constitución : el texto constitucional dedica el Título X, artículo 166 a 169 a la reforma constitucional, lo que supone que la Constitución es reformable y para su reforma se establece un procedimiento a seguir. El problema reside en que el nacionalismo no acepta el procedimiento de reforma constitucional y ha elegido otras vías que no caben en dicho procedimiento.

Cumplimiento de la ley : Discutir la validez jurídica de una sentencia del Supremo, órgano máximo de interpretación de las leyes, sería un espectáculo insólito en cualquier país democrático, pero es una actitud que empieza a ser preocupante entre nuestros políticos. Hace ya algún tiempo que la observancia de las leyes no es un valor que informe decisivamente nuestra convivencia. Siempre hay un sentido de la oportunidad política ante el que el cumplimiento de la ley puede y debe relativizarse.

Estado de derecho : es el Estado en que la actuación de los gobernantes está sometida a las leyes.

Estado : históricamente el Estado es anterior a la nación, y los Estados son realmente productos de procesos históricos. La nación de los ciudadanos es un hecho juridico-político, no producto de una identidad cultural.
Existe una cultura muy extendida que ve al Estado como enemigo de la libertad, pero el Estado puede ser el garante de las libertades, de hecho es el garante y mediador para que las personas puedan ejercer sus derechos, también es el protector de los ciudadanos individuales frente a los grupos mafiosos.

Nación : la nación es el acuerdo para la convivencia en libertad de diferentes ideologías. Los liberales en el siglo XIX inventaron el concepto de nación política como una suma de todos los individuos que comparten un mismo Estado, se rigen por las mismas leyes y están representados en un parlamento común.
El antiliberalismo (entre ellos el nacionalismo) reaccionó ante esta idea y propuso a fines del XIX que nación era un comunidad humana producto de la historia y poseedora de una cultura y una personalidad común. El nacionalismo desde que nació utilizó esta idea de nación como "comunidad" o sujeto colectivo contra los cambios del liberalismo y la democracia. Según el pensamiento antiliberal la nación es depositaria de la tradición que es la base de su identidad inmutable, es un hecho de naturaleza, es un sentimiento, se hereda, etc.
Entre las concepciones de nación en pugna hoy en Euskadi se pueden distinguir :
A).- La nación como esencia natural : la nación aparece como una comunidad "natural" en la que se nace, y el conjunto de personas unidas por el vínculo del paisanaje, y sus miembros comparten costumbres, lengua, el paisaje, y lo comparten por naturaleza y no por coacción. Pero no es tan natural como parece y pretenden hacer ver, cuando se trata de imponer coactivamente lo que cada ciudadano debe sentir como miembro de esa nación.
La patria reside en elementos objetivos (raza, idioma, historia, usos, etc), que son más o menos arbitrariamente urdidos como rasgos comunes. Es una comunidad de personas que viven en un territorio regido todo él por el mismo gobierno y unidas por lazos étnicos o de historia.
La nación como esencia natural se caracteriza por: la afirmación del grupo propio; la delimitación de sus contornos odiando lo que dice ser de fuera; la difuminación de sus diferencias internas; y la absorción del individuo en la colectividad.
En definitiva se trata de una concepción que menosprecia a los ciudadanos y los subordina a una supuesta, perenne e indeclinable identidad colectiva.
B).- La nación como contrato social : se entiende la sociedad política como un acuerdo humano que sirve para facilitar la convivencia libre y civilizada entre individuos que albergan aspiraciones e ideas divergentes, eso significa que la nación como contrato es capaz de proporcionar a la generalidad de los ciudadanos mayores cotas de seguridad y de libertad que la nación como esencia natural.
La nación como contrato social tiene como características: la consolidación de la democracia; la absolutización de los derechos fundamentales de la persona; la potenciación de la pluralidad; y la relación con otras personas que vienen a compartir la vida con nosotros.
La convivencia cotidiana en una nación democrática, receptora de inmigrantes, es escuela de cosmopolitismo en un mundo globalizado y mestizo como el actual. En Euskadi hoy, es necesario consolidar comportamientos democráticos tales como : respeto a la discrepancia, respeto a la libertad de expresión, a los derechos de cada individuo, y a la ley que los protege, dado que la patria es el resultado complejo y cambiante de lo que las conciencias y voluntades de sus moradores hacen en su vida, con y a partir de aquellos elementos y otros muchos más. La patria vasca será, por tanto, el conjunto vivo de los diversos modelos de patria que se forjen los vascos.

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